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Espacios protegidos

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Nombre Figura de protección Descripción
Espacio marino de Cabo Peñas Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Espacio marino de Punta de Candelaria-Ria de Ortigueira-Estaca de Bares Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Espacio marino de la Costa de Ferrolterra-Valdoviño Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Espacio marino de la Costa da Morte Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Espacio marino de Banco de Galicia Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Espacio marino de las Rias Baixas de Galicia Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Golfo de Cadiz Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Espacio marino del Tinto y del Odiel Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Espacio marino de la Bahia de Cadiz Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Volcanes de Fango del Golfo de Cádiz Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
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Sistema de cañones submarinos de Avilés Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
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Mallos de Riglos, Agüero y Peña Rueba Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
Espectaculares formaciones geomorfológicas verticales sobre conglomerados, conocidas como “mallos”. Se trata de antiguos conos de deyección de la erosión de los macizos elevados durante la orogenia alpina. El clima refleja la transición entre la influencia mediterránea del Valle del Ebro y la influencia atlántica de las Sierras Exteriores Pirenaicas en las que se ubica geográficamente. Cuenta con una amplia variedad de especies vegetales rupícolas especialmente singulares y de gran importancia ecológica. Con respecto a la fauna destacan sus poblaciones de aves rupícolas. (https://www.rednaturaldearagon.com/conoce-los-espacios-naturales-protegidos-de-la-red-natural-de-aragon/)
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Monte Arabí Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
En la Región de Murcia existen determinadas formaciones y estructuras de la gea, recursos naturales de valor científico, cultural o educativo, que conforman su patrimonio geológico y mineralógico. Son una preciada muestra de geodiversidad, como consecuencia de la especial situación del territorio murciano en el contexto de las Cordilleras Béticas, con elementos geológicos singulares, que hace necesaria la adopción de medidas de conservación y protección que aseguren su preservación. Entre estas formaciones de nuestro patrimonio natural se encuentra el Monte Arabí, en el término municipal de Yecla, y que por razones culturales, sociales e históricas tiene además una especial relevancia, como lo demuestra la alta concentración de manifestaciones de arte rupestre presente en este espacio natural, lo que ha merecido su declaración como Bienes de Interés Cultural, con la categoría de monumento. Y con esta misma monumentalidad, ya en el ámbito de los bienes del patrimonio natural, son dignas de calificar las formas y estructuras geológicas que configuran el Monte Arabí. (https://murcianatural.carm.es/web/guest/espacios-naturales-protegidos)
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Estratotipo de Fuentelsaz Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
Algunos enclaves naturales muestran de manera excepcional determinados episodios en la historia de la Tierra. Es el caso de algunas secciones y series sedimentarias, en los que se realiza mediante la comparación con afloramientos que muestren, de la manera más completa posible, la evolución de un lugar para un periodo de tiempo concreto. La sección de Fuentelsaz,corresponde a uno de estos estratotipos de relevancia internacional. (https://areasprotegidas.castillalamancha.es/rap/espacios-naturales-protegidos)
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Geoda de Pulpí y Mina Rica del Pilar de Jaravía Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
Geoda gigante de unos 8x2 m. Segunda más grande del mundo. El Monumento Natural de carácter mixto (geológico y ecocultural) comprende la Geoda Gigante y la Mina Rica que la contiene, con una superficie total de 9,91 ha. Está recubierta de enormes cristales de yeso y está considerado un patrimonio singular a nivel mundial, ya que su transparencia y estado de conservación la convierten en una auténtica joya de la naturaleza. Más información y reservas en la web: http://www.geodapulpi.es/
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El sistema de referencia nativo de los datos es WGS 84 (CRS84) en coordenadas geográficas -  EPSG 4326.

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