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Red de Vías Pecuarias

Las vías pecuarias son rutas o itinerarios por donde discurre o ha discurrido tradicionalmente el tránsito ganadero” (Art. 1.2 de la Ley 3/1995). Son bienes de dominio público de las comunidades autónomas y, en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e inembargables.

Con carácter general se denominan cañadas, cordeles y veredas, siendo las cañadas aquellas vías cuya anchura no exceda de los 75 metros; los cordeles los que nos sobrepasan los 37,5 metros; y las veredas son las vías que tienen una anchura no superior a los 20 metros.

En la Red Nacional de Vías Pecuarias se integran todas las cañadas y aquellas otras vías pecuarias que garanticen la continuidad de las mismas, siempre que su itinerario discurra entre dos o más comunidades autónomas y también las vías pecuarias que sirvan de enlace para los desplazamientos ganaderos de carácter interfronterizo.


La Red General de Vías Pecuarias (RGVP) recoge el conjunto de vías pecuarias que han sido declaradas por un acto de clasificación y que han sido objeto de deslinde, con un modelo de datos común a nivel nacional normalizado.

Para saber más: PATRIMONIOS PÚBLICOS: VÍAS PECUARIAS (miteco.gob.es)