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Espacios protegidos

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  • Espacios Naturales Protegidos

    De acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, tienen la consideración de Espacios Naturales Protegidos aquellos «espacios del territorio nacional, incluidas las aguas continentales y las aguas marítimas bajo soberanía o jurisdicción nacional, incluidas la zona económica exclusiva y la plataforma continental, que cumplan al menos uno de los requisitos siguientes y sean declarados como tales:

    • Contener sistemas o elementos naturales representativos, singulares, frágiles, amenazados o de especial interés ecológico, científico, paisajístico, geológico o educativo.
    • Estar dedicados especialmente a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, de la geodiversidad y de los recursos naturales y culturales asociados.

    La Legislación estatal prevé cinco figuras de protección (Parques, Reservas Naturales, Áreas Marinas Protegidas, Monumentos Naturales, Paisajes Protegidos); la legislación autonómica relativa a la conservación de la naturaleza incrementa las denominaciones elevando la tipología de espacios naturales a más de 40.

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  • Red natura 2000

    La Directiva de Hábitat 92/43/CEE obliga a todos los Estados Miembros de la Unión Europea a entregar una lista nacional de lugares de importancia comunitaria según sus Anexos, la cual, en sucesivas fases, se transformará a Lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) y después en Zonas de Especial Conservación (ZEC). Tales ZEC, junto con las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), conforman la futura Red Natura 2000.

    Su finalidad es asegurar la supervivencia a largo plazo de las especies y los tipos de hábitat en Europa, contribuyendo a detener la pérdida de biodiversidad. Es el principal instrumento para la conservación de la naturaleza en la Unión Europea.

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  • Áreas protegidas por instrumentos internacionales

    De acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, tienen la consideración de áreas protegidas por instrumentos internacionales todos aquellos espacios naturales que sean formalmente designados de conformidad con lo dispuesto en los Convenios y Acuerdos internacionales de los que sea parte España y, en particular, los siguientes:

    • Los Humedales de Importancia Internacional, del Convenio de Ramsar.
    • Los sitios naturales de la Lista del Patrimonio Mundial, de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural.
    • Las áreas protegidas del Convenio para la protección del medio ambiente marino del Atlántico del nordeste (OSPAR)
    • Las Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM), del Convenio para la protección del medio marino y de la región costera del Mediterráneo.
    • Los Geoparques, declarados por la UNESCO.
    • Las Reservas de la Biosfera, declaradas por la UNESCO.
    • Las Reservas biogenéticas del Consejo de Europa

    El régimen genérico de protección de estas áreas será el establecido en los correspondientes Convenios y Acuerdos internacionales.
    La información oficial de cada una de las áreas protegidas por instrumentos internacionales existentes en España constará en el Inventario Español de Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, pendiente de instrumentación reglamentaria.
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Nombre Figura de protección Descripción
Llanos de Alcantara y Brozas Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
Área declarada como ZEPA y LIC comprendida entre el Río Tajo y el Río Salor, sirviendo el primero de ellos como elemento limitante en su región más norteña. Localizada en la zona oeste de la provincia de Cáceres, en la comarca de Brozas, en los términos municipales de Alcántara, Brozas, Herreruela, Mata de Alcántara y Villa del Rey.Es atravesada por tres grandes vías de comunicación, que son la Ex-302 que une los municipios de Herreruela con Brozas, la Ex-207 que enlaza este último con Alcántara y la Ex-117 que une esta localidad con Membrío. Se trata de una zona de suaves pendientes con altitudes comprendidas entre los 200 y los 400 m.s.n.m. que queda surcada por multitud de pequeños arroyos y regatos que vierten a los dos ríos que delimitan el espacio. Acoge también pequeños estanques y lagunajos de aguas poco profundas que son capaces de albergar una fauna acuática que dota de diversidad al espacio. La vegetación tiene una ausencia generalizada de elementos arbóreos como rasgo más característico si exceptuamos algunos bosques de ribera. El paisaje está conformado principalmente por grandes extensiones de praderías, pastizales secos y escobonares. La estacionalidad se acusa fuertemente en este enclave, mostrando durante la época estival una gran carencia de agua, excepto en puntos muy concretos que ejercen un gran poder de atracción para la fauna.Se sitúa entre dos grandes áreas naturales extremeñas, la Sierra de San Pedro y el Tajo Internacional, conectándose con el primero por medio de la ribera de los Nogales-Las Torres y el río Salor, y con el segundo al hacer límite con el por el oeste y el norte.
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Llanos de Alcantara y Brozas Zonas de Especial Conservacion (Directiva Habitat)
(Categoría UICN: No aplica)
Área declarada como ZEPA y LIC comprendida entre el Río Tajo y el Río Salor, sirviendo el primero de ellos como elemento limitante en su región más norteña. Localizada en la zona oeste de la provincia de Cáceres, en la comarca de Brozas, en los términos municipales de Alcántara, Brozas, Herreruela, Mata de Alcántara y Villa del Rey.Es atravesada por tres grandes vías de comunicación, que son la Ex-302 que une los municipios de Herreruela con Brozas, la Ex-207 que enlaza este último con Alcántara y la Ex-117 que une esta localidad con Membrío. Se trata de una zona de suaves pendientes con altitudes comprendidas entre los 200 y los 400 m.s.n.m. que queda surcada por multitud de pequeños arroyos y regatos que vierten a los dos ríos que delimitan el espacio. Acoge también pequeños estanques y lagunajos de aguas poco profundas que son capaces de albergar una fauna acuática que dota de diversidad al espacio. La vegetación tiene una ausencia generalizada de elementos arbóreos como rasgo más característico si exceptuamos algunos bosques de ribera. El paisaje está conformado principalmente por grandes extensiones de praderías, pastizales secos y escobonares. La estacionalidad se acusa fuertemente en este enclave, mostrando durante la época estival una gran carencia de agua, excepto en puntos muy concretos que ejercen un gran poder de atracción para la fauna.Se sitúa entre dos grandes áreas naturales extremeñas, la Sierra de San Pedro y el Tajo Internacional, conectándose con el primero por medio de la ribera de los Nogales-Las Torres y el río Salor, y con el segundo al hacer límite con el por el oeste y el norte.
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Sierra de Gata y Valle de las Pilas Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
Este espacio forma parte del Sistema Central, como continuación hacia el oeste de la Sierra de Gredos. Se ubica en dirección oeste a este, siendo su límite occidental la Sierra de la Malcata en Portugal, y limitando al este con la comarca de Las Hurdes. Ocupa total o parcialmente los términos municipales de Valverde del Fresno, Eljas, San Martín de Trevejo, Acebo, Villamiel, Hoyos, Gata, Santibáñez el Alto, Descargamaría, Robledillo de Gata y Pinofranqueado.Se trata de un espacio de montaña en el noroeste de la provincia de Cáceres, que incluye cotas casi siempre por encima de los 800 m, con diversas zonas situadas a más de 1.000 m como el pico Jálama o Xalama (1.487 m), las Torres de Fernán (1.271 m) o La Bolla (1.517 m), en su límite noreste. El sustrato litológico está constituido por pizarras en su límite este, teniendo lugar una transición a materiales graníticos a medida que nos situamos hacia el oeste. Este espacio incluye una importante red hidrológica en buen estado de conservación, compuesta de numerosos cursos de agua de pequeña y mediana entidad, como son torrenteras y tributarios de los principales valles de la comarca. Así, el LIC Sierra de Gata alberga el único cauce perteneciente a la Demarcación del Río Duero en Extremadura (Río Malavao o La Malena), el nacimiento del Río Árrago y otros cauces como la Rivera de Gata, la Rivera de Acebo, el Río de la Vega o el Río Erjas. La fuerte diferencia de altitud dentro del espacio (de los 500 a los 1500 m.s.n.m.) condiciona la existencia de diversos hábitats y la gradación clinal de la fauna en el espacio. Asociados a la red hidrológica, se encuentran destacables manchas de quercíneas y bosque mediterráneo (encinares y alcornocales), así como bosques de galería (alisedas y saucedas). Las zonas más elevadas, que forman la mayor parte del espacio, se encuentran dominadas por brezales y vegetación esclerófila arbustiva, que, junto con los bosques de roble y castaño, pinares de repoblación y pequeñas zonas de praderas o cultivos (principalmente olivares y viñedos) intercalados en mosaico, determinan las grandes unidades paisajísticas de este espacio, ubicadas de forma heterogénea.El escaso poblamiento y uso del territorio dentro del espacio es un factor clave para su conservación. Dicho espacio contribuye a la cohesión de la Red Natura, pues forma además una continuidad entre Portugal (Sierra de Malcata) y Hurdes que le sigue, siendo colindante hacia el este.
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Sierra de Moraleja y Piedra Santa Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
ZEPA englobada en la agrupación de espacios del este de la comunidad, cercano o colindante a otros espacios de la zona. Se trata de una pequeña sierra ubicada al este de la provincia de Badajoz, dentro del término municipal de Capilla, en la margen derecha del río Zújar, entre éste, ya remansado en las aguas del embalse de La Serena, y el límite provincial con Ciudad Real a la altura de Chillón. Engloba principalmente las zonas de media ladera (desde los 420 m.s.n.m.) hasta las cumbres (794 m.s.n.m.), albergando zonas de quercineas y rupícolas en un muy buen estado de conservación, que se ve favorecido por la inaccesibilidad de la zona y su nulo poblamiento, no situándose ninguna localidad en el interior de la zona de protección. De cualquier modo también alberga zonas labradas, pastizales áridos, lentiscares y pequeños cursos de agua que le dan gran diversidad.Esta sierra, junto con las de la Rinconada, las Cabras, Tiros y el Palenque entre otras, forman parte del conjunto de accidentes montañosos que rodean a la llanura de La Serena por el sur y el este, albergando a las especies que buscan medios más forestados o escarpados como lugar de reproducción, muchas de las cuales utilizan luego la llanura como cazadero o hábitat de alimentación. El río Zujar, con su orientación norte-sur, en el límite oeste del espacio, hace también de corredor para los desplazamientos de muchas especies, aunque esta función está limitada por encontrarse embalsado.
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Costa da Mariña occidental Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
En determinados sectores deeste tramo costero se encuentra la asociación Ulici humilis - Ericetum vagantis
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Ria de Foz Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
Comunidades de fanerógamas marinas de Zostera noltii y Ruppia maritima. Importantes extensiones de intermareal están cubiertas por praderas de Spartina maritima.
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Ancares Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
Área de media montaña con importantes masas de Quercus robur y Quercus pyrenaica. Brezales húmedos de Erica ciliaris y Erica tetralix.
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Esteiro do Miño Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
Algunas de las comunidades más características de esta zona son: Senecio bayonensis-Alnetum glutinosae; Iberidetum procumbentis; Zosteretum noltii.
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Baixa Limia - Serra do Xures Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
Notable cobertura de brezales tanto secos como húmedos de Erica ciliaris y Erica tetralix. Turberas de cobertor.
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Mola de Son Pacs Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
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Puig des Boixos Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
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Puig de Ses Fites Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
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Puig de s Extremera Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
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Puig Gros Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
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Alaro Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
Presencia de aves del anexo I de la Directiva 79/409/CE. La amenaza principal es el uso recreativo no regulado, a lo que hay que añadir la actividad cinegética intensa y los incendios. (https://www.caib.es/sites/xarxanatura/ca/es0000382_alara_zepa/)
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El sistema de referencia nativo de los datos es WGS 84 (CRS84) en coordenadas geográficas -  EPSG 4326.

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